30 May
30May

LA UNIÓN EUROPEA 


La Unión Europea es una organización internacional formada por sus Estados miembros que son los que le confieren competencias para llevar a cabo y alcanzar objetivos comunes.

La Unión Europea no modifica su naturaleza política y jurídica, sigue siendo una asociación voluntaria  de Estados soberanos a la  que se dota de competencias concretas y limitadas.

El Tratado de la Unión deja claro que los Estados soberanos e independientes, permanecen como tales y que Unión Europea  tiene sus raíces y sus límites en el Derecho internacional.

La verdadera naturaleza de la Unión Europea y el Tratado de la Unión sigue sujeta en el Derecho de las Organizaciones Internacionales.

  • Personalidad jurídica de la Unión Europea 

El artículo 47 del Tratado de la Unión Europea (TUE) reconoce la personalidad jurídica de la Unión Europea confiriéndole carácter de entidad independiente por sí misma. De esta manera la Unión Europea sustituye a la Comunidad Europea.

Lo importante para poder atribuir personalidad jurídica a una organización internacional es que estemos ante una asociación voluntaria de Estados, con base convencional, que tiene sus propios órganos y  competencias normativas y las ejerce efectivamente.

La atribución de personalidad jurídica a la UE significa que puede:

-Celebrar y negociar acuerdos internacionales respetando sus competencias eternas.

-Convertirse en un miembro de una Organización Internacional.

-Adherirse a convenios internacionales como el Convenio Europeo de Derechos Humanos  (artículo 6.2 TUE).


  • Los valores de la UE

Son valores universales.

La UE garantiza un conjunto de Derechos Fundamentales para sus ciudadanos y los protege de la discriminación.

Los Tratados de la UE y  la Carta de los Derechos Humanos  garantizan los derechos de los ciudadanos de la UE (cualquier persona que tenga la nacionalidad de un país de la UE es automáticamente un ciudadano de la UE). 

Al entrar en vigor el Tratado de Lisboa en 2009, los derechos, libertades y principios especificados en la Carta pasaron a ser jurídicamente vinculantes para la UE y para los Estados miembros cuando aplican el Derecho de la UE.

El propio Tratado dispone además que la Unión Europea debe adherirse al Convenio Europeo de Derechos Humanos. Asimismo, establece la obligación de respetar los Derechos Fundamentales en la Unión Europea y promover y afianzar los Derechos Humanos en la acción exterior de la UE.

  • El principio del respeto a los Derechos Humanos:

-Reconocido en el Tratado de Maastricht.

-El TUE consagró únicamente los patrones normativos a los actos de las instituciones: Todo acto de la Unión para ser conforme al Derecho debe respetar los Derechos Fundamentales.

-Este principio se vio fortalecido en Niza de la Carta de los Derechos fundamentales de diciembre de 2000.

-La Carta de los Derechos Fundamentales es obligatoria para las instituciones y Estados miembros, incluido el poder judicial.

-La Carta permite examinar la actuación de cada Estado miembro y decidir si vulnera o no la obligación de respeto a los derechos humanos.

-El respeto a los Derechos Humanos y el principio democrático es una exigencia para permanecer en la UE.

 

  • Los objetivos de la UE:

EL Artículo 3 del TUE enuncia los objetivos generales de la UE :

1. La Unión tiene como finalidad promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos. 

2. La Unión ofrecerá a sus ciudadanos un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores, en el que esté garantizada la libre circulación de personas conjuntamente con medidas adecuadas en materia de control de las fronteras exteriores, asilo, inmigración y de prevención y lucha contra la delincuencia. 

3. La Unión establecerá un mercado interior. Obrará en el desarrollo sostenible de Europa basado en un crecimiento económico equilibrado y en la estabilidad de los precios, en una economía social de mercado altamente competitiva, tendente al pleno empleo y al progreso social, y en un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente. Asimismo, promoverá el progreso científico y técnico. La Unión combatirá la exclusión social y la discriminación y fomentará la justicia y la protección sociales, la igualdad entre mujeres y hombres, la solidaridad entre las generaciones y la protección de los derechos del niño. La Unión fomentará la cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los Estados miembros. La Unión respetará la riqueza de su diversidad cultural y lingüística y velará por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo. 

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